Ilegalidades y
violencias
AQUÍ INFORME COMPLETO
El día de ayer, 5 de mayo de 2016,
ocurrieron hechos gravísimos que afectan la Democracia Participativa y la
participación ciudadana en las Comunas. En
el marco de la reunión del Consejo Consultivo de la Comuna N° 4 un grupo de
personas agredieron física y verbalmente a integrantes del Consejo y de
organizaciones sociales del Barrio de la Boca. Resultaron heridos de
gravedad Matías
Scínica de la agrupación Boca es Pueblo que sufrió un corte a la altura de la
garganta, y Fernando Abal Medina que a raíz de múltiples golpes tiene una
hemorragia interna en la cabeza.
Estos hechos ocurrieron al
momento que se discutía sobre la venta de los terrenos conocidos como
"Casa Amarilla" ubicados en el Barrio
de la Boca al Club Atlético Boca Juniors. Desde hace años organizaciones del
Barrio de la Boca se oponen a la venta de estos terrenos, principalmente las
organizaciones que conforma "la Boca Resiste y Propone". El Consejo
Consultivo Comunal N° 4 en la primera reunión autoconvocada de este año ya
había expresado su voluntad contraria a esta venta y a los proyectos del
referido Club.
Para comprender que una patota haya agredido a ciudadanos que
protegen el destino de estos predios de acuerdo a las leyes de la Ciudad resulta
necesario describir el gran negociado
planificado desde el Club Boca Juniors con acuerdo del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires en relación a estas tierras públicas, las de Casa Amarilla.
Los terrenos de Casa
Amarilla fueron comprados en el año 1981 al Estado Nacional para
mitigar el déficit habitacional en el Barrio de la Boca. El 11 de abril de 2005
comienza la inscripción para el Programa habitacional "Casa
Amarilla". En un principio se deciden hacer 1.231 viviendas. Este programa
quedó paralizado.
En el marco de una acción judicial presentada por la Asociación
Civil Casa Amarilla, el GCBA llegó a un acuerdo con dicha Asociación. La
cantidad de viviendas a construir bajó de 1.231 a 438 viviendas, liberando de
esta forma varias manzanas. A cambio el GCBA otorgó a la Asociación la facultad
de designar a las familias preadjudicatarias.
Las manzanas liberadas del Programa Casa Amarilla, fueron
transferidas al Poder Ejecutivo en el año 2010 por el Instituto de la Vivienda
(IVC) propietario de las tierras. Mediante el decreto N° 723/2010, el Poder
Ejecutivo transfirió a la Corporación Buenos Aires Sur S.E. estas tierras.
Estos predios de Casa
Amarilla fueron codiciados por el Club Boca Juniors desde el año 2008 para
construir allí un nuevo Estadio-Shopping.
Como encontraron fuerte oposición para que el GCBA le venda las tierras para
construir el nuevo Estadio, decidieron fragmentar la estrategia.
· - El Sr. Oscar Moscariello
(Vicepresidente de Boca y diputado de la Ciudad por el Pro, presentó el
Proyecto de Ley N° 2462-D-2014 para rezonificar estos terrenos a "Distrito
de Zonificación E4 56 -Estadio y Complejo Deportivo del Club Atlético Boca
Juniors". Este proyecto se
encuentra en discusión en la Legislatura.
· - Respecto a la compra de las
tierras, la Corporación Buenos Aires Sur S.E. llamó a Licitación Pública[1] para
la venta de estas tierras a raíz de una iniciativa privada del Club Atlético
Boca Jurniors. La Licitación fue camuflada
para que allí se desarrolle una propuesta que implica la construcción de
bibliotecas, club sociales y culturales, salones de juegos, gimnasio. En ningún
momento se habla de construir allí un Estadio, pero es lo que el presidente del
Club, Sr. Angelici sigue promocionando. El 25 de febrero de 2016, la licitación
pública que implica la venta de estos terrenos fue adjudicada el 25 de febrero
de 2016 al Club Boca Juniors. por el valor de 180 millones de pesos.
Esta venta es ilegal e inconstitucional
por varios razones:
· - El Art. 82 inc. 4 de la Constitución de la
Ciudad establece que la Legislatura aprueba transacciones, dispone la desafectación del dominio público y la
disposición de bienes inmuebles de la
Ciudad. Es decir, no se puede
vender tierra pública de la Ciudad sin aprobación de la Legislatura. La venta
al Club Boca Juniors ni siquiera fue tratada en la Legislatura.
· - El Art.
6 de la Ley No 1.251, faculta al Instituto de Vivienda de la
Ciudad de Buenos Aires (IVC) a transferir al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires aquellos bienes inmuebles que resulten
necesarios para el desarrollo de la función pública (educacionales, de
seguridad, o de salud). La ley N° 1.251 sólo autoriza que el IVC transfiera
la propiedad de sus inmuebles al GCBA para cumplir fines educacionales, de
seguridad o de salud. La ley valora que estos fines son los únicos de tal
jerarquía para desafectar inmuebles destinados a garantizar el derecho a la
vivienda adecuada de los habitantes de la Ciudad. El GCBA está destinando estos predios para que un privado desarrolle un plan integral orientado a
cuestiones deportivas y comerciales. Cambiar el destino
habitacional de estos predios no está cumpliendo con las condiciones que
establece la ley N° 1.251.
· - Los predios de Casa Amarilla también se
encuentran en el marco de la ley N° 2.240 que declara la Emergencia
Urbanística y Ambiental del Barrio de la Boca. Esta ley no se cumplió en
absoluto y se descapitaliza la Ciudad de sus inmuebles necesarios para cumplir
con esta ley.
Además de estas
ilegalidades, organizaciones internas del Club Boca Juniors también cuestionan
la voluntad del Club de construir un nuevo estadio porque va en contra de la
identidad del Club y del Barrio y por el peligro de endeudar el Club y de esa
forma crear las condiciones para que Sociedades Anónimas se transformen en las
propietarias de los clubes, una idea reiterada del Presidente Mauricio Macri
acompañado por el Sr. Angelici, presidente del Club.
Por estas razones,
se presentó una acción de amparo en el Fuero Contencioso Administrativo de la
Ciudad para que se declare la ilegalidad de esta venta. La acción tramita en los autos caratulados “QUINTO
NATALIA GIMENA y otros CONTRA CORPORACION BUENOS AIRES SUR S E SOBRE AMPARO”, Expte. N° A4-2016/0, en el juzgado N°
24 a cargo del Dr. Darío Reynoso
Luego de dos meses, la Corporación Buenos Aires S.E.
sigue reticente a enviar el expediente administrativo al Juzgado. Por esta
razón el día de ayer, 4 de mayo, el Juez de la causa impuso una multa de $100
por día de demora a la Corporación y a su titular Sra. Karina Spalla, bajo
apercibimiento de subir dicha multa a $10.000 pesos de continuar la reticencia.
Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, 5 de Mayo de 2016
Contacto: 15-3655-3465
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