Autorizan a un homosexual a cobrar una pensión por viudez tras la muerte de su pareja. El juez expresó en su resolución que "no resulta necesario indagar si la relación entre el amparista y el señor puede o debe calificarse como concubinato, ni tampoco si ello constituye o no un estado de familia, sino dilucidar si la convivencia y el trato familiar que se alega cumple con las condiciones de 'aparente matrimonio' contemplado por la ley 12.207". (Clarín)
Dice el profesor Enrique Luis Revol
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Ahora bien, precisamente porque si el poema es un hecho estético triunfante
se tiende a aislarlo de su autor ya que da la sensación de impersonalidad,
de...
Hace 2 días.

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