Autorizan a un homosexual a cobrar una pensión por viudez tras la muerte de su pareja. El juez expresó en su resolución que "no resulta necesario indagar si la relación entre el amparista y el señor puede o debe calificarse como concubinato, ni tampoco si ello constituye o no un estado de familia, sino dilucidar si la convivencia y el trato familiar que se alega cumple con las condiciones de 'aparente matrimonio' contemplado por la ley 12.207". (Clarín)
Un poema de Maria Borio (de Trasparenza, 2019)
-
DORSORUDO
I
Las casas junto al agua tendrán solidez
pero los ojos alrededor no son humanos.
Entre atmósfera y atmósfera todo se transforma.
...
Hace 19 horas.

No hay comentarios.:
Publicar un comentario