Autorizan a un homosexual a cobrar una pensión por viudez tras la muerte de su pareja. El juez expresó en su resolución que "no resulta necesario indagar si la relación entre el amparista y el señor puede o debe calificarse como concubinato, ni tampoco si ello constituye o no un estado de familia, sino dilucidar si la convivencia y el trato familiar que se alega cumple con las condiciones de 'aparente matrimonio' contemplado por la ley 12.207". (Clarín)
El madrileño
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Encantado con este disco que fue un suceso hace unos tres años, pero al que
recién llego y empecé a escuchar de casualidad (y que, en cierta manera, me
a...
Hace 1 semana.

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